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¿Le han modificado las condiciones de trabajo? 4 cosas que debe saber

Publicado: 23 de junio de 2026, 13:51 (Hace 6 horas)
  1. Derecho laboral
¿Le han modificado las condiciones de trabajo? 4 cosas que debe saber

La modificación de las condiciones de trabajo es un tema peliagudo que, como ocurre con casi todos los temas laborales, genera muchas dudas en el trabajador. Se puede modificar el salario, el horario o cualquier detalle firmado del contrato, pero la empresa lo tiene que hacer siguiendo unos cauces muy concretos que marca la ley. Y, en su caso, siempre le amparan unos derechos que debe conocer y que puede ejecutar. Para que lo tenga en cuenta, desde Servizos Xurídicos Avogados, sus abogados laboralistas en Vigo, le apuntamos ahora los cuatro detalles de mayor relevancia.

1. Las modificaciones de las condiciones de trabajo exigen una causa justificada

El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores permite a la empresa modificar condiciones como la jornada, el horario, el salario, las funciones o el sistema de trabajo, pero únicamente cuando existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción debidamente acreditadas. De lo contrario, un juez las podría declarar nulas.

2. La empresa debe avisarle con al menos 15 días de antelación

Antes de que el cambio entre en vigor, nuestros abogados laboralistas de Vigo insisten en que la empresa tiene la obligación de notificarle la modificación por escrito con un preaviso mínimo de 15 días. Ese documento es clave: guárdelo, porque es el punto de partida para calcular los plazos legales que tiene para actuar si considera que la medida le perjudica.

3. Tiene 20 días hábiles para impugnarla ante la jurisdicción social

Si no está de acuerdo con la modificación, puede impugnarla ante el Juzgado de lo Social en un plazo de 20 días hábiles desde la notificación. Este plazo es de caducidad, lo que significa que, una vez vencido, no puede recuperarse. Si el juez estima que la modificación de sus condiciones laborales no estaba justificada, tendrá derecho a ser repuesto en las condiciones que tenía previamente.

4. También puede optar por rescindir el contrato con indemnización

En determinados supuestos —cambios de jornada, horario, salario, turnos o funciones— la ley le reconoce el derecho a rescindir el contrato y recibir una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de nueve mensualidades. Esta opción no requiere impugnar la medida, aunque conviene valorar ambas vías con nuestro equipo de abogados en Vigo antes de tomar cualquier determinación.

Si modifican sus condiciones de trabajo, llame a nuestro despacho de abogados en Vigo

Actuar sin asesoramiento en este tipo de situaciones puede suponer perder derechos que la ley le reconoce expresamente. Por eso mismo, contacte con nosotros y deje que desde Servizos Xurídicos Avogados analicemos su caso con detalle y le orientemos sobre la mejor estrategia. ¡Lo más importante es que se acuerde muy bien de los plazos para hacer cualquier reclamación!

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