¿Qué tramites se deben de seguir al recibir una herencia?

Publicado: 17 de marzo de 2021, 13:24
  1. Derecho civil
¿Qué tramites se deben de seguir al recibir una herencia?

Tramitar y recibir una herencia puede ser en ocasiones una operación con cierto engorro y complicaciones para personas no acostumbradas a moverse en ámbito jurídico o que realicen trámites administrativos con frecuencia. Entre las especialidades que te ofrecemos en Servizos Xurídicos Avogados destacamos también los que tienen que ver con el Derecho de Familia y Sucesiones para ponerte las cosas mucho más fáciles a la hora de tramitar una herencia de forma poco problemática y ágil.

Cuando fallece un ser querido que nos lega algunas pertenencias, cuantías o propiedades en herencia, es siempre recomendable contar con un asesoramiento jurídico serio y profesional que te guíe en todos los pasos que debes dar para que se realice la repartición de un testamento de forma correcta y se respete a todas las partes en una herencia. Y es que los trámites para formalizar una herencia pueden ser a veces tediosos y conviene tenerlos muy claros y seguirlos de forma ordenada y justa.

Prepara los documentos

Lo primero de todo es contar con toda la documentación necesaria. Te hará falta tener el certificado de defunción, un documento que te expide el registro Civil a partir de que pasen 24 horas desde el fallecimiento.

Otro documento necesario para tramitar la herencia es el certificado de últimas voluntades, algo para lo que habrá que esperar hasta 15 días hábiles desde la defunción.

No hay que olvidarse de que también es imprescindible contar con una copia del testamento de la persona finada. Esta copia te la pueden facilitar en la notaría en la que se tramitó el documento. Si no existiese ese documento porque el fallecido no lo había tramitado, entonces es imprescindible contar con una declaración de herederos.

Comienzan los trámites

Una vez se poseen todos los documentos necesarios y pasados esos 15 o 20 días hábiles desde el fallecimiento, ya se pueden iniciar los trámites propiamente dichos para consumar la herencia. Será el momento de aceptar o no lo que el finado nos lega. Es importante indicar que la notaría responsable de llevar la herencia debe estar en posesión de todos los documentos de propiedad de los bienes y propiedades que se van a repartir: documentación de vehículos, escrituras de viviendas, certificados bancarios…

Si has decidido aceptar la parte que te corresponde como heredero, entonces deberás liquidar antes los impuestos que te corresponden. Hablamos del Impuesto de Sucesiones o las plusvalías de las propiedades que heredes (Impuesto de Valor de Terrenos Urbanos).

Ponlo a tu nombre

El último paso es cambiar de titularidad a todo aquello que has heredado. Cuentas del banco en la oficina que corresponda, vehículos en la DGT, fincas o viviendas en el registro de la Propiedad, etc. Para estos procesos necesitarás presentar en estos lugares el testamento o declaración de herederos junto a los recibos conforme has liquidado ya los impuestos que te corresponden.

El proceso es largo y tedioso y se puede volver especialmente complicado cuando se le suma el componente sentimental de estar tramitando todo tras el fallecimiento de un ser querido. Contar con unos asesores profesionales y empáticos como los que trabajan en Servizos Xurídicos Avogados puede ser un descargo importante para poder hacerlo todo bien y rápidamente. Nosotros te ayudaremos a todo lo que necesites saber para formalizar la herencia e incluso te resolveremos otras cuestiones que puedan quedar pendientes como puedan ser la de los gastos hipotecarios.

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